llc (limited liability company)
la sociedad
híbrida
Una LLC
o
Limited Liability Company
es un tipo de sociedad híbrida, que en algunos aspectos funciona como
una sociedad mercantil (Corporation) y en otros como sociedad civil
(partnership) o empresario individual (sole proprietorship). Una
sociedad civil o un empresario individual es un ente sin personalidad
jurídica propia. Las operaciones se llevan a cabo en nombre del
propietario o de los socios, los cuales también deberán hacer frente a
las pérdidas u obligaciones de la sociedad con su propio patrimonio
personal.
A nivel fiscal, las pérdidas o
ganancias deberán
declararlas en su declaración de la renta personal, según la proporción
que corresponda a cada uno. Esto significa que la sociedad civil no es
un ente o sujeto imponible propio de cara al pago de impuestos.
En
una sociedad mercantil (ya sea sociedad limitada o anónima) por otro
lado, la responsabilidad de los socios se limita a las cantidades que
aportaron en el momento de la constitución de la sociedad. Esta tiene
personalidad jurídica propia y por tanto tendrá que hacer frente a sus
propias responsabilidades tanto a nivel legal como fiscal. Sus
beneficios serán gravados por el impuesto
de sociedades.
La única obligación fiscal personal que tendrán sus socios, es reportar
los ingresos percibidos en forma de dividendos que la empresa haya
repartido.
Como hemos comentado anteriormente, la
LLC es un cruce
o híbrido ente las dos anteriores formas de organización. En el aspecto
de la responsabilidad, funciona como una sociedad limitada. En caso de
deuda o insolvencia de la compañía, sus miembros solamente responderán
por la cuantía de los capitales comprometidos en el momento de su
fundación.
Por otro lado, desde el punto de vista
fiscal, los
miembros pueden solicitar que la Limited Liability Company sea tratada
como una entidad fiscalmente
transparente.
Esto quiere decir que la sociedad es ignorada como sujeto imponible y
por tanto no pagará sus propios impuestos. Los ingresos que obtenga se
imputarán directamente a sus miembros. Estos deberán reportarlas en sus
declaraciones de la renta personales. En el caso de que la LLC esté
formada por un solo miembro, tributará como empresario individual (sole
proprietorship) y si la componen varios miembros lo hará como una
sociedad civil (partnership).
La intención de la LLC es ofrecer a
pequeños emprendedores y trabajadores por cuenta propia la posibilidad
de disfrutar de la protección de una sociedad limitada, pero sin las
complicaciones administrativas que esta requeriría. La introducción de
la Limited Liability Company es relativamente reciente y data de
finales de los años setenta. El estado de Wyoming (en USA) fue el
primero que la recogió en su ordenamiento mercantil y durante las
siguientes dos décadas se extendió al resto de los Estados Unidos. Más
recientemente, también algunas jurisdicciones offshore, como por ejemplo la
isla de Nevis en el Caribe, la han introducido. Hablamos en ese caso de
una offshore
LLC.
¿Qué ventajas tiene la Limited Liability Company sobre las sociedades
convencionales?
Constitución
más sencilla
Los
trámites para constituir
una Limited Liability Company, son más simples
que los de una corporación (sociedad limitada o sociedad anónima).
Beneficios
fiscales
Una
corporación tributará por el impuesto de sociedades. Posteriormente, si
se reparten dividendos a los accionistas, estos volverán a pagar por
éstos en sus declaraciones de la renta individuales. Con la LLC, el
mismo beneficio sólo se declara una única vez, como ingreso personal.
Esto puede resultar ventajoso en los casos en que el propietario se
encuentre en un tramo impositivo bajo, es decir que el porcentaje de
impuestos que le corresponde pagar por su nivel de ingresos no sea muy
alto.
Protección ante
acreedores
En
caso de un juicio por deudas o impagos, no es infrecuente que los
tribunales ordenen incautar acciones o participaciones que el deudor
pueda tener en sociedades mercantiles. De esto modo el acreedor se hace
con los derechos que el deudor tenía en dichas compañías. Con una
Limited Liability Company el caso es diferente. En este tipo de
empresas no está claramente separado el capital de la gestión de la
empresa, como ocurre por ejemplo en una sociedad anónima. Esto quiere
decir que ganar control sobre las participaciones en la LLC,
normalmente implicaría también ciertas responsabilidades en
cuanto a la
administración y las operaciones diarias de la compañía. De este modo
se podrían producir problemas en caso de existir varios socios, ya que
éstos de repente se encontrarían con una persona totalmente ajena a la
organización participando en su gestión.
Por este motivo en las
LLC multi-socio, las cortes de justicia por lo general no permiten la
incautación de las participaciones del deudor en la compañía, sino que
se limitan a autorizar lo que se llama una charging
order. Esta da
derecho al acreedor a cobrar todos los dividendos que la empresa pague
al deudor, hasta que la deuda esté saldada. Pero, una charging
order no dará al acreedor un control directo sobre la
sociedad. Es decir, que los demás
socios podrían decidir no repartir dividendos e impedir de este modo el
cobro de la deuda. Por este motivo la Limited Liability Company ofrece
mayor protección ante los acreedores que una corporación
normal.
La
LLC no se concibió en sus inicios como sociedad offshore.
Sin embargo
sus peculiares características y en especial el tratamiento que reciben
por parte del IRS (la agencia tributaria norteamericana) permiten
utilizarla de manera parecida a una IBC
y, en algunos casos concretos,
incluso con mayores ventajas.
Para ciudadanos no residentes en los
Estados Unidos, puede ser interesante constituir una LLC en USA. Como
hemos visto, la sociedad puede elegir ser ignorada a nivel fiscal,
pasando la responsabilidad de reportar impuestos a sus miembros. En
caso de ser estos extranjeros o no residentes, estos no tendrán
obligación de pagar impuestos en USA, siempre y cuando no realicen
negocios dentro del país. En estos casos también se exime a la LLC de
presentar cuentas anuales auditadas.
Ahora, ¿qué se entiende por
hacer negocios dentro de Estados Unidos? Por regla general la doctrina
que se aplica entiende que para entrar en la categoría de negocio local
debe contarse con algún tipo de establecimiento físico en el país, ya
sea en forma de empleados, oficinas, o por ejemplo servidores propios.
No
se considera establecimiento tener una cuenta bancaria (excepto en
algunos Estados como California) o contratar un servicio de alojamiento
Web, por ejemplo. Por este motivo, las LLC norteamericanas se han hecho
populares para ejercer actividades de comercio electrónico o de
importación-exportación.
Una empresa domiciliada en Estados
Unidos suele inspirar mayor confianza a los clientes que una IBC
residente en un paraíso
fiscal. Muchos cobros y pagos en Internet o
relacionados con el comercio se producen a través bancos
estadounidenses, por lo que contar con una sociedad y una cuenta
bancaria en USA puede ahorrar importantes costes operativos. Otra
característica es que una LLC, contrariamente a lo que ocurre con las
IBC, sí tiene permitido realizar negocios localmente aunque, como
comentamos, si lo hace se verá obligada a reportar impuestos y
presentar cuentas anuales.
Si bien una Limited Liability Company
norteamericana puede ser un instrumento muy válido para el comercio, no
cabe olvidar que en realidad no se trata de una auténtica sociedad
offshore, por lo que no es el vehículo más adecuado para la protección
de activos o del patrimonio, por ejemplo. Es verdad que
algunos Estados
tienen una legislación muy favorable a la LLC y que la aplicación de la
charging order, como vimos, ofrece una relativa protección a su
propietario. En muchos casos incluso está permitido el uso de
la
figura del nominee
director o director fiduciario.
Pero no es
menos cierto que Estados Unidos es uno de los países que más está
recortando el derecho a la privacidad
de sus ciudadanos y que lleva una
lucha más activa por el control fiscal. Los intercambios de información
con otros países son frecuentes y el secreto
bancario se ve diariamente
comprometido. Es evidente que Estados Unidos no es el mejor refugio
para ahorros y activos, ya que su nivel de privacidad deja mucho que
desear. Una jurisdicción offshore respetable suele ofrecer mayores
garantías en este sentido.
¿Y qué ocurre con los residentes en
los
Estados Unidos? Para ellos las Limited Liability Companies no ofrecen
la ventaja de la exención de impuestos, aunque en algunos casos pueden
utilizarse para reducirlos. Por otro lado, sí ofrecen una relativa
protección del patrimonio debido a la charging order, por lo que es
frecuente que se utilicen para administrar bienes muebles o inmuebles.
Aunque ocurre más o menos lo mismo que en el caso anterior. Un
ciudadano estadounidense gozará de estas mismas ventajas y además de un
mucho mayor de seguridad constituyendo una Offshore
LLC en el
extranjero.
Para un ciudadano no norteamericano,
constituir una
IBC o una Offshore LLC no supone prácticamente ninguna diferencia. Al
no existir este tipo de sociedad en su país de origen, por regla
general se le aplicará el mismo criterio que a una sociedad o
corporación convencional.
Para un norteamericano sin embargo, lo
interesante de constituir una Offshore LLC es que el IRS la tratará
prácticamente igual que si fuera doméstica. Así podrá optar por ser
considerada como fiscalmente transparente, pero obviamente ofrecerá un
nivel de privacidad y protección legal muy superior. Cualquier
litigante o acreedor que quiera proceder contra la LLC, deberá hacerlo
en una jurisdicción extranjera y con una legislación que no le es
favorable. Esto tiene como consecuencia que una acción en este sentido
resulte mucho más complicada y costosa. No es de extrañar por ello que
la LLC sea un instrumento ampliamente utilizado como primera defensa en
la protección del patrimonio, en muchos casos también en combinación
con un trust.
En cuanto a los lugares de
constitución más populares
destacan Delaware, Wyoming o Nevada, que cuentan con algunas
de las legislaciones más favorables. En especial Delaware mantiene
registradas un número muy importante de empresas de este tipo.
Para
constituir una offshore LLC, la jurisdicción más popular es la isla de
Nevis, existiendo también en algunos paraísos
fiscales dependientes de
Gran Bretaña, como la isla de Man. Otra variante parecida es la LLP o
Limited Liability Partnership, que sería algo así como una
sociedad
civil limitada que se puede constituir en Singapur o en el propio Reino
Unido. En otros paraísos fiscales se ha introducido la figura
de
la LDC
o Limited Duration Company, que es una especie de LLC pero
con
un tiempo de vida limitado.
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